Un registro para nosotros: el verdadero potencial del registro de beneficiarios finales

16 de septiembre de 2025

Exclusivo para Contrapeso

Al registro de beneficiarios finales de Panamá, creado mediante la Ley 129 de 2020, se le debe sacar el máximo provecho. Es donde deben figurar las personas reales que controlan sociedades anónimas y fundaciones de interés privado. Este registro tiene potencial mucho mayor al uso actual: puede servir a más propósitos, beneficiar a más ciudadanos y ser herramienta de transparencia diaria, no solo un requisito internacional.

Hoy, producto de su diseño original, está más orientado a asistir a autoridades extranjeras. La propia exposición de motivos reconoce que se creó para salir de la lista gris del Grupo de Acción Financiera (GAFI) en la que estaba Panamá. Su alcance se centró en la lucha contra el blanqueo de capitales, objetivo legítimo y necesario, pero que no debe ser su límite. El registro puede —y debe— servir también para combatir la corrupción, investigar enriquecimiento injustificado y fortalecer la justicia civil, familiar y los organismos de control.

En sus inicios, las siguientes autoridades tenían acceso: Ministerio Público, Unidad de Análisis Financiero (UAF), Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF), administradora del registro, donde inicialmente solo dos funcionarios podían consultarlo. La ley incluye además la frase: “y cualquier otra institución o dependencia del Gobierno Nacional a la cual se le atribuya competencia en materia de prevención de blanqueo de capitales”. Posteriormente, mediante el artículo 30 de la Ley 254 de 2021, se incorporó la Dirección General de Ingresos (DGI).

Ni jueces ni autoridades administrativas pueden usarlo. El artículo 9 establece que su acceso sería improcedente. Esta visión tan restringida nos hace perder oportunidades. Para que el registro cumpla un papel transformador, es necesario ampliar su alcance a entidades como la Contraloría, la Fiscalía de Cuentas, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), los jueces civiles y de familia, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), e incluso a los oficiales de cumplimiento de los sujetos obligados financieros y no financieros.

La información sobre beneficiarios finales no es solo para casos penales o de prevención de blanqueo en apoyo a autoridades extranjeras. Es también útil para prevenir faltas administrativas, permitir controles y garantizar justicia civil y familiar.

En el reporte “Panama. Financial Sector Assessment Program. Technical Note on Anti-Money Laundering and Combating the Financing of Terrorism (AML/CFT)” del Fondo Monetario Internacional de julio de 2024 se documenta el uso del registro entre noviembre 2022 y abril 2023: Ministerio Público, 23 consultas; UAF, 11; DGI, 2. Además, en la práctica sabemos que la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) también lo ha usado, aunque la ley no lo indique. Aparece en reportes del FMI y en la rendición de cuentas de la SSNF del 23 de enero de 2025 con 107 consultas. Esto confirma lo evidente: el acceso debe formalizarse, regularse y ampliarse de manera más transparente.

Bien utilizado, el registro permitirá enfrentar problemas que afectan al ciudadano: opacidad en cupos de transporte, billetes de lotería e identidad de ganadores de contrataciones. Son temas que no siempre tienen connotación penal ni están ligados al blanqueo, pero son de interés público.

El registro debe convertirse en un registro para nosotros, que también sirva al mundo, y no uno pensado solo hacia afuera que rara vez nos sirve. Cuando un caso llega a lo penal ya es tarde: el delito ocurrió y solo queda castigar. Su utilidad está en lo preventivo, en cerrar espacios de opacidad antes de que los problemas escalen.

En conclusión, la ley debe cambiar. Ampliar el acceso al registro no solo es lo correcto, sino lo más necesario. Mantenerlo como está sería desaprovechar una herramienta de gran valor para construir un país más transparente y confiable.

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Por: Carlos Barsallo

Abogado

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