El pesado legado del puente Van Dam

18 de Septiembre de 2025

Exclusivo para Contrapeso

En 1980 se contrató la construcción de lo que debía ser el segundo puente sobre el Canal de Panamá, que recibió popularmente el nombre de puente “Van Dam” por la empresa venezolana que debía construirlo. El proyecto fue cancelado en 1983, pero las consecuencias de este contrato y la ausencia del puente han perseguido a Panamá desde entonces.

En 1974, los técnicos del Canal de Panamá, que entonces era operado por el gobierno de los Estados Unidos, consideraron que el Puente de Las Américas inaugurado el 12 de octubre de 1962, estaba próximo a alcanzar su tope de capacidad. Dado que Panamá y los Estados Unidos estaban en medio del proceso de negociación de un nuevo tratado del Canal, la recomendación fue que el gobierno de Panamá construyera el nuevo puente.

El tratado Torrijpos-Carter puso fin a la Zona del Canal de Panamá y entró en vigencia el 1 de octubre de 1979. Unos 10 meses más tarde, el 19 de agosto de 1980, bajo la presidencia de Aristides Royo (1978-1982), se acordaron por parte del Consejo de Gabinete las Resolución 71 y 72 que autorizaban la contratación de la empresa venezolana Consorcio Industrias Metalúrgicas Van Dam S.A.C.A. y la empresa panameña Sosa y Barbero Constructores S.A. para que “diseñara, construyera e instalara un puente sobre el Canal de Panamá, en el sector pacífico, y diseñara y construyera el tramo de la AUTOPISTA ARRAIJÁN-PANAMÁ y los accesos necesarios en el área metropolitana…”. El puente se llamaría Simón Bolívar. El monto del proyecto era de 100 millones de dólares prestados por el Fondo de Financiamiento de Exportaciones (FINEXPO) de Venezuela, una agencia del Banco Central de dicho país. El préstamo fue otorgado el 22 de agosto de 1980, con una duración de 20 años, con cuatro años de gracia, una tasa de interés de 6% para los 16 años de pagos.

La cancelación

El financiamiento estaba organizado de forma tal que FINEXPO le pagaba directamente a Van Dam, por lo que a esta empresa se le hizo un adelanto por la suma de veinticuatro millones trescientos setenta mil ochocientos setenta y nueve dólares con ochenta y dos centésimos  (.24,370,879.82 dólares), para que la empresa construyera en Venezuela la infraestructura de acero del puente que luego sería ensamblada en Panamá. El 28 de marzo de 1983, el entonces presidente de la República Ricardo de la Espriella (1982-1983), ordenó la suspensión del proyecto del puente Van Dam. El mandatario argumentó que su decisión estaba fundamentada en la debilidad de las finanzas públicas del país.

La suspensión significó en la práctica la cancelación del proyecto y el inicio de capítulos de investigaciones penales, una larga disputa arbitral y la postergación de un proyecto sumamente necesario para la calidad de vida de los panameños y la competitividad del país.

El proceso penal

El 7 de abril de 1983, nueve días después de que el presidente de la Espriella ordenó la suspensión del proyecto, el general Rubén Darío Paredes instó al Ministerio Público para que abriera el sumario sobre el caso Van Dam, debido a declaraciones públicas de líderes de oposición que señalaban que el contrato se había otorgado a cambio del pago de sobornos a algunos altos funcionarios de la época. Con este expediente no ocurrió mayor cosa hasta después de la invasión de Estados Unidos a Panamá el 20 de diciembre de 1989.

Así el 26 de enero de 1990 se dictó el auto que abrió causa criminal contra: “Aristides Royo, Ricardo de la Espriella, Carlos Ozores Typaldos, Ernesto Pérez Balladares, Gustavo García de Paredes, Julio Mock Cárdenas, Francisco Rodríguez, Arturo Donaldo Melo, Oyden Ortega G, Jorge Medrano, Álvaro Guillén, Gustavo R. González y Rogelio Fábrega Z. Adicionalmente se solicitó investigar al  contralor Damián Castillo Durán, que estuvo en funciones en 1980 y refrendó las transacciones del proyecto Van Dam. Además el auto incluía a Félix Van Dam, Jesús Barbero  y Basilio Lakas como vinculados al proceso. El 24 de abril de 1991, el Segundo Tribunal Superior consideró que las conductas involucradas en este caso debían ser caracterizadas como peculado.

El contrato había sido firmado por el ministro de Obras Públicas, Ingeniero Julio Mock C., en nombre de Panamá, y los señores Félix Van Dam y el Ingeniero Jesús Barbero, en nombre del Consorcio Industrias Metalúrgicas Van Dam, S.A.C.A., Sosa y Barbero Constructores, S. A., el Contrato Nº 97 se firmó en la ciudad de Caracas, República de Venezuela el 2 de octubre de 1980.

En 1991, un fallo de la Corte Suprema de Justicia declaró como ilegales varios numerales de la Resolución 71 de 19 de agosto de 1980, en particular los referentes a la contratación directa y a la exención de licitación pública del contrato del puente Van Dam.

El 19 de octubre de 1992 la fiscalía Segunda del Primer Circuito Judicial solicitó el sobreseimiento de todos los vinculados en este proceso, pero el Juez Primero de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial en pronunciamiento del 16 de noviembre de ese mismo año ordenó cumplir con la ampliación del expediente dispuesta por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 24 de abril de 1991, y realizar las indagatorias a los exfuncionarios mencionados, así como tomar declaración jurada a los ingenieros Félix Van Dam, Jesús Barbero y Basilio Lakas.

El 7 de abril de 1995 la Corte Suprema de Justicia declaró la prescripción del caso para Ernesto Pérez Balladares, quien era presidente de la República en funciones y Oydén Ortega quien era miembro de la Asamblea Legislativa. Los demás vinculados fueron remitidos a los tribunales competentes del Órgano Judicial para que hicieran lo propio y con ello se dio fin al caso penal del puente Van Dam.

El reclamo arbitral

En 1986, la empresa venezolana Industrias Metalúrgicas Van Dam S.A.C.A. interpuso un arbitraje contra el Estado panameño por la cancelación del proyecto. La empresa había construido la estructuras de acero que formarían el puente y estás se encontraban en un puerto en Venezuela almacenadas a la espera de su traslado a Panamá. Igualmente, Sosa y Barbero Constructores S.A. formaba parte de esta reclamación. A su vez el Estado panameño le estaba pagando al Banco Central de Venezuela los 24.3 millones de dólares que se le habían adelantado a la empresa Van Dam.

En mayo de 1999 un tribunal arbitral, condenó al Estado panameño a pagarle 25 millones de dólares al consorcio Van Dam/Sosa Barbero. El Ministerio Público quien llevó la defensa del Estado panameño en este arbitraje, interpuso una casación ante la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia invocando como causal la decisión de la Sala Tercera de esa misma Corte Suprema, que en junio de 1991 declaró ilegal la contratación directa del Consorcio Van Dam y Sosa y Barbero porque no hubo licitación pública.

En mayo de 2001, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia se negó a admitir el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público por lo que la deuda del Estado con el consorcio Van Dam/Sosa Barbero quedó en firme. Esta saga del arbitraje no terminó allí ya que el desafío fue entonces obtener el cumplimiento del pago por parte del Estado panameño.

De acuerdo con una fuente que ocupó un alto cargo en el Ministerio de Economía y Finanzas durante el gobierno de Juan Carlos Varela (2014-2019), se efectuó un pagó a los socios panameños del proyecto de una forma muy dramática: “...se le inició el pago a la parte panameña del proyecto.  El cheque se lo llevó el Presidente Varela al ingeniero que estaba internado en el hospital de Paitilla y estaba muy enfermo.  El señor era uno de los socios principales de la parte panameña.  Días después falleció”. Este medio consultó al Ministerio de Economía y Finanzas sobre el pago de la obligación derivada del arbitraje a la empresa venezolana, pero al cierre de la edición no se había recibido respuesta.

El epílogo

El cuarto puente sobre el Canal de Panamá, actualmente en construcción, vendrá a llenar el vacío que dejó la cancelación del puente Van Dam. El cuarto puente se inaugurará en agosto de 2028. Esto es 48 años después de que un Consejo de Gabinete autorizara la realización del puente Van Dam. Se estima que el cuarto puente costará unos 2 mil 137 millones de dólares. El costo en vidas humanas, en familias, en salud, en calidad de vida y en competitividad económica perdidas por los tranques, retrasos, desgaste físico, estrés, agotamiento y hartazgo, no tienen medida. Jamás sabremos cuántas parejas se separaron, cuántos jóvenes cayeron en las drogas o se unieron a bandas por la ausencia prolongadas de sus padres, nunca sabremos todo el potencial humano que se perdió en las frustrantes horas de espera de un transporte disponible para desplazarse de una ribera a otra del Canal de Panamá. Aunque en  un plazo razonable se inaugure el cuarto puente eso no borrará el daño y el tiempo perdido que causó la cancelación del proyecto Van Dam.

WhatsApp Compartir en WhatsApp

Por: Rodrigo Noriega

Abogado

Más de El archivo vivo

Anterior
Anterior

El puente de la discordia