La opcionalidad del examen de barra
22 de septiembre de 2025
Exclusivo para Contrapeso
El pasado 18 de septiembre, durante su habitual conferencia de prensa semanal, el presidente de la República José Raúl Mulino Quintero informó al país que había vetado el proyecto de ley 168 que pretendía modificar los requisitos para obtener la idoneidad profesional para ser abogado. El mandatario dijo que:
“Yo como abogado quisiera una profesión más responsable y ejercida de manera profesional y responsable, y no a través de obtención de títulos por ahí sin mayores formalidades”.
El veto del presidente Mulino fue comunicado a la Asamblea Nacional el 16 de septiembre del presente año.
La potestad del veto presidencial está contenida en el numeral 6 del artículo 183 de la Constitución política de la República de Panamá, y es parte esencial de la arquitectura constitucional de aquellos países que han organizado sus estados según el principio de la separación de poderes y dentro de un régimen presidencial.
Los pensadores constitucionales del siglo XVIII concibieron la noción de que un parlamento, es decir el Poder Legislativo, podría estar en manos de la oposición al presidente, Poder Ejecutivo, o que incluso siendo del mismo grupo político existieran fricciones entre el Legislativo y el Ejecutivo. En tal caso, el veto presidencial es una medida para recuperar el equilibrio de poderes públicos, y con el cual el Poder Ejecutivo pudiera enfrentar en mejores términos al Legislativo.
Las potestades presidenciales
De acuerdo con la Constitución vigente, el presidente de la República puede tomar una de cuatro opciones frente a un proyecto de ley aprobado por la Asamblea Nacional. La primera opción es firmar el proyecto de ley para que este se convierta en Ley de la República. La segunda opción es no firmar el proyecto de ley, y si pasan más de 30 días hábiles, lo podrá firmar el presidente de la Asamblea Nacional y en estas circunstancias, el proyecto se convierte en ley obligatoria para todo el país. La tercera opción es vetar por “inexequible” es decir, por inconstitucional el proyecto de ley para que sea la Corte Suprema de Justicia quien decida el tema, si la Corte decide que la norma es constitucional, el presidente está obligado a firmar el proyecto de ley. La cuarta opción es vetar el proyecto de Ley de forma total o parcial por ser “inconveniente”. En este caso el proyecto de ley vuelve a la Asamblea Nacional, si el veto es total, se regresa a tercer debate, y si es parcial vuelve a segundo debate para que se le hagan las modificaciones necesarias.
Para aprobar este proyecto de ley devuelto a la Asamblea Nacional, la Constitución exige, que sea aprobado, por el voto favorable de dos tercios de los diputados que conforman la Asamblea Nacional, es decir, que debe recibir 48 votos para que pueda ser aprobado por insistencia tal y como estaba. De lo contrario el proyecto de ley debe ser archivado. La misma regla de los 48 votos se aplica al proyecto de ley vetado parcialmente.
El proyecto de ley 168
Actualmente en Panamá está vigente la Ley 350 de 21 de diciembre de 2022, que estableció el “Examen profesional de acceso al ejercicio de la abogacía”, popularmente conocido como examen de barra, el cual tiene carácter obligatorio para recibir el certificado de idoneidad que convierte al licenciado en derecho en abogado. El examen de barra y el certificado de idoneidad son responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia. Antes del 2022, una persona solo tenía que mostrar su certificado de nacimiento, y su diploma universitario de licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas y acudir a un seminario dictado por el Órgano Judicial para recibir el certificado de idoneidad.
El cambio de sistema fue el resultado de la saturación de abogados que tiene el mercado panameño producto de la multiplicación de universidades particulares. Hasta la década de los 1980, solo dos entidades, la Universidad de Panamá y la Universidad Santa María La Antigua ofrecían las licenciaturas en Derecho y Ciencias Políticas. Actualmente, la casi totalidad de las universidades privadas ofrece esta licenciatura con modalidades presenciales, semipresenciales, diurnas, vespertinas, nocturnas y sabatinas que han contribuido a saturar la arena profesional de esta disciplina. El examen de barra consiste en una prueba sobre aspectos éticos y de conocimientos fundamentales de la disciplina del Derecho. Este examen actúa como un filtro y como un mecanismo para propiciar la superación académica de los nuevos licenciados. Si la persona fracasa el examen, el aspirante puede participar de la siguiente convocatoria y así sucesivamente hasta que pase el examen.
La propuesta contenida en el proyecto 168 era convertir al examen de barra ante la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, en un examen opcional ante la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá. Si el licenciado en Derecho no quería hacer el examen de barra podía hacer una tesis sobre un tema jurídico que fuera publicada en una revista indexada o especializada, o escoger la prestación de un servicio voluntario por tres meses calendario ante un despacho judicial o del Ministerio Público. El proyecto de norma no tiene la intención de mejorar la calidad de los abogados y abogadas de Panamá, sino de hacerle la vida más fácil a las universidades particulares que otorgan esa titulación.
Ahora bien, el desafío más interesante del veto del presidente Mulino es que el proyecto de Ley 168 recibió 47 votos a favor y 2 abstenciones. Faltaron 22 diputados en esa votación. Con esos números, no parece complicado conseguir el voto “48” y pasar la Ley por insistencia. En tal caso el presidente Mulino tendría que firmarla.
Por otra parte, este voto permitirá medir realmente la voluntad de los diputados y diputadas de contradecir al presidente Mulino. Es posible que el examen de barra sea víctima de un ejercicio de poder de una Asamblea Nacional que busca ganar más espacio a costa del Poder Ejecutivo. Si de verdad hay armónica colaboración el veto se debe mantener. Llegó la hora de hacer las apuestas.
Por: Rodrigo Noriega
Abogado
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