EL ABC DEL FACTURADOR GRATUITO

23 de septiembre de 2025

Especial para Contrapeso

El facturador gratuito es una aplicación o herramienta diseñada por la DGI para que todos los contribuyentes obligados a facturar electrónicamente migraran, en algunos casos, de la maquinita fiscal impuesta en la administración de Luis Cucalón, y en otros casos, para pasar de las facturas manuales a este nuevo sistema.

Se conoce como facturador gratuito porque, a diferencia del facturador por intermediación o PAC que sí cobra, este facturador se puso al servicio de forma gratuita para profesionales independientes: médicos, abogados, contadores, arquitectos, en fin, cualquier profesional que no superara inicialmente 250 facturas mensuales y que tampoco superara los 500 mil dólares anuales.

Igualmente, se sumaban al uso del facturador gratuito arrendadores, ya sean personas naturales o sociedades que poseen bienes propios y que están arrendados, pequeños comerciantes, pymes y cualquiera que empieza un negocio en el cual sus costos no deben incrementarse, pero que debe cumplir con documentar ingresos y declarar.

Esta condición de número de facturas y monto se amplió una vez se sumaron nuevos participantes.

Es a través de las facturas y movimientos bancarios con lo que el contador prepara nuestros reportes y declaraciones, lo que a su vez nos abre las puertas para acceder a créditos o facilidades bancarias, y es también la mejor forma de fiscalizar, por parte del Estado, el correcto cumplimiento de nuestras obligaciones de renta e, inclusive, ITBMS.

Ha tomado años hacer docencia sobre la importancia de usar factura electrónica y de ir creando una cultura de cumplimiento tributario. Durante estos años, la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo en el cual permite que los profesionales independientes sigan utilizando medios diversos para facturar, siempre que cumplan con los requisitos que determina el Código Fiscal en cuanto a lo que debe contener una factura o recibo.

Esta decisión de la DGI, emitida según la Resolución 201-6299, es un retroceso al trabajo que se ha venido haciendo desde hace un quinquenio. Primero, porque todos aquellos profesionales que escasamente facturan un promedio de 10 a 25 facturas al mes, pero cuyo monto de servicios es superior a 36 mil de ingresos anuales, y que hoy pagan ITBMS y pueden ser perfectamente supervisados, pasarán al sistema de facturación permitido por el fallo de la Corte. El Estado no tendrá cómo saber si mensualmente o trimestralmente recibirá o no el ITBMS, lo que obliga a tener más personal de fiscalización.

Es importante estar claros en que migrar de la factura electrónica gratuita a un proveedor autorizado de facturas tendrá nuevos costos a incluirse en las operaciones de todos los que, según la resolución, deban hacerlo.

Otro aspecto importante a señalar es que este cambio o nueva disposición también afecta a pequeños empresarios o negocios que hoy manejan un número mayor de 100 facturas al mes, pero no superan los 36 mil dólares anuales. Solo veamos que 100 facturas al mes, en un negocio abierto de lunes a sábado, quiere decir facturar casi cuatro facturas al día.

Medidas como esta, que se toman sin un análisis exhaustivo, pueden dar como resultado un efecto adverso en la recaudación y la opacidad para el fiscalizador.

En momentos como los actuales se requiere más fiscalización, hacer amigables los sistemas de recaudación y trabajar en una debida cultura tributaria: explicar al ciudadano por qué debe exigir su factura, al contribuyente la importancia de facturar y los beneficios de llevar registros y presentar declaraciones, lo que le abre las puertas al crédito. Y que todos los ciudadanos comprendamos que, para mejorar la salud, la seguridad, las escuelas, las carreteras y lo que el país necesita, se requieren ingresos, y estos provienen —o deben provenir— de nuestros impuestos. Bien usados, por supuesto.

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Por: Marta Luna

Abogada tributaria

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