El Zoom: El gol que quería meter Camacho
3 de Octubre de 2025
Exclusivo para Contrapeso
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales registró esta semana uno de los momentos más épicos de esta nueva legislatura de la Asamblea Nacional, con el revés que sufrió su presidente, el diputado Luis Eduardo Camacho. Los diputados, en su mayoría, fueron a ciegas a la sesión porque, desde que el vocero de Martinelli asumió el control, los temas a debatir se conocían en ese mismo instante o con horas de antelación. Esto se debe a que la agenda oficial que publica el Órgano Legislativo sólo menciona “sesión ordinaria”, excluyendo así los nombres de los proyectos de ley a discutir.
El diputado Luis Eduardo Camacho propuso encarcelar a fiscales y jueces con penas de 4 a 6 años por el delito de prevaricato, a través del Proyecto de Ley 44, el cual buscaba una modificación al artículo 389 del Código Penal de Panamá, que señalaba lo siguiente:
“El apoderado que, mediante acuerdo con la contraparte o por otro medio fraudulento, perjudique la causa que le ha sido confiada o que, en una misma causa, sirva a partes con intereses opuestos, será sancionado con prisión de dos a cuatro años. Si el autor es defensor de un imputado en un proceso penal, la sanción se aumentará hasta la mitad. Este delito también lo cometen el juez o fiscal que:
A sabiendas desatiendan o dejen de aplicar una norma que favorece a una de las partes o le den un sentido o aplicación diferente a lo que dicte la norma cuando esta no admita interpretación por ser clara o a la jurisprudencia consistente de la Corte.
Que no motiven sus decisiones o la motivación sea manifiestamente contraria a los indicios o pruebas existentes o citen pruebas o hechos falsos o inexistentes en la causa.
Cuando nieguen o no practiquen una prueba solicitada, existiendo una ley que le concede tal derecho a la parte.
Que actúen motivados por orden de un superior o por justificar su salario o por recibir alguna contraprestación indebida, o actúen de manera arbitraria para perjudicar a una de las partes”.
¿Qué es el prevaricato?
Cabe indicar que el prevaricato es un delito que comete una autoridad, juez, fiscal o servidor público al dictar una resolución administrativa o judicial arbitraria e injusta, sabiendo que es contraria a la ley para inclinarse o beneficiar de forma ilegal a una de las partes en el proceso.
Este proyecto de ley tenía nombre y apellido: su objetivo era causar presión e intimidar a jueces y fiscales en los casos abiertos ante la administración de justicia seguidos al expresidente Ricardo Martinelli. Aunque Camacho negó este planteamiento, durante su exposición de motivos se la pasó hablando de la extinta procuraduría paralela, de los procesos de su amigo Martinelli y de la famosa imputación de cargos realizada por el entonces magistrado juez de garantías Jerónimo Mejía.
“Ricardo Martinelli ha sido el único diputado del Parlacen o de la Asamblea Nacional que no ha sido objeto de una audiencia de imputación; todos los otros casos que involucran a diputados de la República, todos, absolutamente todos, fueron objeto de una audiencia de imputación”, dijo Camacho.
El argumento que sepultó el gol que pretendía meter el diputado Luis Eduardo Camacho vino del Ministerio Público, cuando la fiscal Valeri Chen González advirtió que los comisionados estaban cometiendo un flagrante error al discutir o intentar aprobar normas ya existentes en Panamá, tal es el caso del artículo 346 del Código Penal.
“El Ministerio Público debe resaltar que las conductas pretendidas en los numerales que se han proyectado en este documento y en este proyecto de ley, ya están contempladas en las conductas de delitos de corrupción de servidores públicos, por lo tanto, estaríamos creando una duplicidad", expresó la fiscal Chen.
En efecto, tal como lo advirtió el Ministerio Público, el artículo 346 del Código Penal de Panamá establece una sanción de prisión de cuatro a ocho años para el servidor público (miembro del Órgano Judicial, Ministerio Público o autoridad con capacidad de decisión) que acepte, reciba o solicite un beneficio para perjudicar o favorecer a una de las partes en un proceso. También sanciona al funcionario que, por colusión o fraude, dicte resoluciones contrarias a la ley que causen perjuicio, dé consejos jurídicos a las partes o retarde maliciosamente un proceso.
Artículo 346.
“El servidor público que, desempeñándose como miembro del Órgano Judicial o del Ministerio Público, autoridad administrativa, árbitro o cualquier cargo que deba decidir un asunto de su conocimiento o competencia, personalmente o por persona interpuesta, acepte, reciba o solicite donativo, promesa, dinero, beneficio o ventaja para perjudicar o favorecer a una de las partes en el proceso, o a consecuencia de haber perjudicado o favorecido a una de ellas, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años. Igual sanción se aplicará al funcionario del Órgano Judicial o del Ministerio Público que:
Por colusión o por otros medios fraudulentos, profiera resolución manifiestamente contraria a la Constitución Política o a la ley, de modo que cause perjuicio.
Por colusión o por otros medios fraudulentos, reciba o dé consejos jurídicos a cualquiera de las partes, de modo que cause perjuicio.
Retarde maliciosamente un proceso sometido a su decisión.
Si de las conductas previstas en este artículo resulta la condena de una persona inocente, la sanción será de cinco a diez años de prisión”.
Traición, pacto con el PRD y la ausencia de su arma secreta.
De forma estratégica, el diputado Luis Eduardo Camacho, en la sesión, se la pasó hablando y violando todos los parámetros del reglamento interno para dilatar el momento de la votación. Según los cálculos de Camacho, la votación quedaría 4 a favor y 4 en contra, por lo que necesitaba con urgencia el respaldo crucial de su colega y amiga Shirley Castañedas, quien venía retrasada. Al final, su copartidaria Castañedas nunca llegó y, como si fuera poco, el diputado de Cambio Democrático, Didiano Pinilla, lo traicionó al habilitar a su suplente para votar en contra.
La votación cerró con 3 votos a favor y 5 en contra.
Votos a favor: Raphael Buchanan (PRD), Sara Magallón (suplente de Jairo Bolota Salazar PRD) y Luis Eduardo Camacho (RM).
Votos en contra: José Pérez Barboni (MOCA), Ana Poveda (suplente de Didiano Pinilla CD), Luis Duke (VAMOS), Janine Prado (VAMOS) y Roberto Zúñiga (VAMOS).
Argumentos de los diputados que rechazaron el proyecto de ley.
Diputado Roberto Zúñiga: “Nuestro ordenamiento ya reconoce que cuando un funcionario se extralimita y actúa al margen de la ley para causar un perjuicio debe ser sancionado penalmente".
Diputada Janine Prado: “Hay importantes proyectos en la lucha contra la corrupción, vimos el otro día cómo se caía un proyecto de protección al denunciante de actos de corrupción en el pleno de la Asamblea con votos en contra y ausentismo de algunos diputados".
Diputado José Pérez Barboni: “Actualmente estamos viendo en el numeral 4, ya desde la parte del Órgano Judicial, se establece una serie de sanciones disciplinarias contra jueces y fiscales que van desde amonestaciones públicas hasta la destitución y, si incurren en la corrupción de funcionarios públicos, pueden ser condenados con cárcel".
Un infinito abrazo.
Por: Diputado 72
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