El ABC del caso Odebrecht

14 de Noviembre de 2025

Exclusivo para Contrapeso

Breves antecedentes:

La investigación inició formalmente en el año 2017. Cinco años después, el Órgano Judicial, el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales, a cargo de la jueza Baloísa E. Marquínez Morán, dictó el Auto Mixto No. 9 del 7 de noviembre de 2022, mediante el cual llamó a juicio a 31 personas imputadas, 10 exfuncionarios públicos, clasificados así: 2 expresidentes de la República, 5 exministros, 2 exdirectores nacionales y 1 exdiputado. Se trata de un expediente de 2,866 tomos, con más de un millón de páginas en su totalidad.

De todos ellos, un expresidente, dos hijos del expresidente Martinelli y un exministro de Obras Públicas deberán ser procesados por la Corte Suprema de Justicia por sus investiduras y prerrogativas funcionales.

En la fase de investigación en el Ministerio Público:

Se aplicaron 43 medidas cautelares personales; de ellas, 12 fueron detenciones personales provisionales, 9 impedimentos de salida del país, 8 notificaciones periódicas, 14 impedimentos de salida y notificación. Hubo 11 fianzas de excarcelación concedidas por el Órgano Judicial y 5 imputados fueron declarados en rebeldía. Se incautaron bienes muebles e inmuebles con un valor global de $15,302,686.33, sumas de dinero en Panamá por $21,341,884.92 y en otros países por $42,803,937.25.

Se llevaron a cabo 146 asistencias internacionales a países como Estados Unidos, Islas Vírgenes Británicas, Bahamas, Antigua y Barbuda, Suiza, España, Reino Unido y otros. El Ministerio Público logró homologar 9 acuerdos de colaboración eficaz y 15 acuerdos de pena; es decir, hay ya 15 personas condenadas por la aceptación de los hechos que constan en el expediente y con los cuales fueron confrontados.

La vista fiscal que cerró esta etapa, firmada por la fiscal Tania Sterling Bernal, tiene 908 páginas y 22 anexos; se emitió el 9 de abril de 2021.

La defensa:

Entre otras acciones, los defensores ensayaron todas las conocidas y algunas novedosas y repetitivas, incluyendo acciones de nulidad absoluta basadas en el fallo emitido por las autoridades de Brasil. Todas han sido negadas por el tribunal de la causa y confirmadas luego de apelación ante el Segundo Tribunal Superior. Están designados los defensores públicos alternos para asumir las defensas en la audiencia ordinaria en caso de ausencia de los titulares particulares.

Dineros recuperados:

Hasta la fecha, el Ministerio Público ha recuperado $85,394,115.94, divididos así: $10,692,212.94 por dineros devueltos por los condenados en sus acuerdos de pena y $74,701,903.00 correspondientes al abono a la multa impuesta a la empresa.

Llamamiento a juicio:

El Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de la Provincia de Panamá, mediante Auto Mixto No. 9 del 7 de noviembre de 2022, de 407 páginas, calificó el mérito de la investigación y llamó a juicio a 36 imputados; sobreseyó provisionalmente a 11 personas y, de manera definitiva, dictó sobreseimiento a favor de una persona. Esta resolución suspende la prescripción de la acción penal.

Pruebas admitidas:

Se admitieron, mediante Auto Vario No. 162 del 27 de septiembre de 2023, más de 60 pruebas testimoniales, más de 100 pruebas documentales, 18 declaraciones periciales, así como inspecciones judiciales y asistencias internacionales, presentadas tanto por el Ministerio Público como por las defensas.

Fechas de audiencia:

  • Del 1 al 18 de agosto de 2023, y fecha alterna del 27 de septiembre al 17 de octubre de 2023 (no se celebró por apelaciones y otros incidentes).

  • Del 15 de julio al 23 de agosto de 2024, y fecha alterna del 16 de septiembre al 25 de octubre de 2024 (no se realizó por falta de notificación).

  • Del 12 de noviembre al 19 de diciembre de 2024, y fecha alterna del 20 de enero al 28 de febrero de 2025 (no se llevó a cabo por falta de respuesta de asistencia judicial internacional).

  • Del 11 de noviembre al 19 de diciembre de 2025, y fecha alterna del 12 de enero al 19 de febrero de 2026 (no se celebró por falta de notificación oportuna en Colombia).

En total, se han dado siete posposiciones de audiencia.

Qué tipo de caso es Odebrecht:

Es una causa compleja, así dictaminada por el juzgado competente, debido al volumen del expediente, la cantidad de personas naturales y jurídicas vinculadas, la cantidad de pruebas presentadas, para realizarse en Panamá y en asistencias judiciales internacionales; y se refiere a un intrincado sistema establecido por la empresa constructora brasileña para estructurar y lavar dineros provenientes de pagos indebidos y transferir millones de dólares a favor de servidores públicos e intermediarios, empresarios, subalternos o colaboradores que trabajaban para ellos, utilizando sociedades panameñas a través del sistema bancario panameño y de otros países, para depositar en distintas cuentas dineros a sus destinatarios finales panameños, quienes garantizaban que la empresa constructora se hiciera de diversos contratos de obras públicas en Panamá.

Alcanzar el poder, ¿para qué y ahora qué?

Cada cinco años acudimos a las urnas a reafirmar nuestros afectos o pasar factura por nuestras frustraciones. No nos hemos dado cuenta, desde hace ya más lustros de los que quisiera aceptar, que no votamos por propuestas ni por las reformas estructurales necesarias para contener el avance sistémico de la corrupción.

El caso Odebrecht, junto a otros, es un claro ejemplo de lo que ocurre cuando las élites económicas en sus diversas actividades prevarican la política. El interés de unos pocos corruptos se torna una fuerza dominante, tendencialmente hegemónica, cercana al poder por ser su fuente de financiamiento, que, en un contexto de depauperación del talante ético de los decisores políticos y de los servidores públicos orientados a retener poder y a acumularlo para fines egoístas, crea el clima propicio para sacar provecho indebido de cuanta necesidad pública hay. Obras y servicios prestados delictivamente con acuerdos que benefician a ambos.

El sector bancario, empresarial y financiero en general se siente amenazado con opiniones como esta y se organiza para que se hable públicamente de sus fortalezas y no de las debilidades del sistema. Pero, en ninguno de estos casos penales de alto perfil, están beneficiados ciudadanos de carácter sencillo o cuyas vidas transcurren cotidianamente con las necesidades más apremiantes aún no resueltas por distintos gobiernos.

Las incidencias del proceso penal del caso Odebrecht nos demuestran una casta criminal cuya naturaleza mercantil pone en evidencia esa simbiosis macabra de poder político y mercantil, que asienta su dominio sobre la destrucción de la solidaridad ciudadana y de la credibilidad en las instituciones mediante la degradación de los principios de autoridad, legalidad, legitimidad y eficacia del Derecho, y la desvertebración de la certeza de la justicia. Cada vez que se frustra una nueva fecha de audiencia se cava más profunda la tumba de la credibilidad en el sistema democrático.

Nos hace falta la presión y el poder ciudadano como una entidad de poder democráticamente legítima, fundada en el derecho y sostenida por un sistema judicial de rango superior, con una jerarquía moral y ética por encima de la de los gobernantes de turno, para decir ¡basta ya! de tantas dilaciones disfrazadas de tecnicismos legales y de un ejercicio de defensa abusivo que solo ha logrado dilatar en el tiempo nuestra cita histórica con la verdad de lo ocurrido.

El caso Odebrecht contiene la prueba de cómo toda necesidad de interés social fue convertida en una oportunidad para sobornar y lucrar indebidamente; que en nuestro país la política es el negocio más rentable de todos y que, instalados allí, todos los demás negocios son posibles. Si no se logran las condenas consecuentes a lo probado, también le diremos al mundo que la impunidad en Panamá es una mercancía en venta al mejor postor y que, para incursionar exitosamente en ese nuevo mundo criminal, hay que invertir en los partidos políticos o en candidatos sin compromiso moral, carentes de valores, de ideología y de propósitos sociales solidarios.

Cuando se juntan en un caso penal poder político y económico, toman precisamente extraordinaria ventaja de esa ruptura del equilibrio sano y cohesionador entre política y economía, arrastrando consigo la efectividad de la justicia, porque logran penetrar en todas las instancias con su dinero sucio, intimidando y presionando a quienes tienen el deber constitucional y legal de hacer justicia. Esta, más que cualquier otra, es la imperiosa razón ética de adecentar la política y que una sentencia condenatoria oportuna caiga con todo su peso sobre quienes, aprovechándose del voto y la confianza ciudadana, se llevaron y repartieron, por lo menos en este caso, $59 millones mal habidos.

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Por: Ana Matilde Gómez R.

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