¿Cuándo un suicidio es un femicidio?

16 de Julio de 2026

Por: Rodrigo Noriega
Abogado


Exclusivo para Contrapeso

“Te violan con cada like, con cada compartir, cada vez que te graban o te almacenan, cuando te difunden, y sobrevives a una violación que, además, se masifica a través de estos espacios digitales. Hoy ya no es necesario tener nuestros cuerpos físicos para violarlos, y hay una automatización de la violación”.
— Olimpia Coral Melo

La justicia penal es la peor forma de atender las tragedias humanas, precisamente porque esas tragedias han de ocurrir para que exista algún grado de responsabilidad penal. El presente artículo es una reflexión con fines académicos y no implica el señalamiento ni la atribución de responsabilidad penal alguna a ningún ciudadano en particular.

Este escrito está inspirado en el reciente fallecimiento de una joven y muy talentosa mujer, cuya muerte ha sido objeto de debate público, señalamientos en su contra y hasta ofensas a su dignidad personal. Durante mucho tiempo, el derecho penal heredó el estigma religioso hacia el suicidio, que en la doctrina cristiana es considerado un pecado. En una visión más humanizada de este fenómeno, se han tomado en cuenta el entorno y las circunstancias del hecho.

Los códigos penales más tradicionales castigaban el delito de “incitación” al suicidio mediante normas con muchas barreras procesales y sumamente difíciles de aplicar. En una formulación más contemporánea, se considera que la persona que recurre al suicidio no es un victimario, sino una víctima. Así parece recogerlo el Código Penal panameño en su artículo 135, que dice:

“Quien induzca o ayude a otro a suicidarse incurrirá en prisión de uno a cinco años, si el suicidio se cumple.

La pena será de doce a quince años de prisión y tratamiento terapéutico multidisciplinario en un centro de salud estatal o particular que cuente con atención especializada cuando se induzca a una mujer al suicidio mediante maltrato”.

La doctrina del maltrato

Nótese que, en el segundo párrafo del artículo 135, se tipifica un delito distinto de la incitación o inducción al suicidio, que es el objeto del primer párrafo. La premisa del artículo 135 castiga una forma específica de femicidio. Una mujer, incluso una niña, que está siendo víctima de acoso, hostigamiento, violencia física o psicológica, e incluso violencia digital, puede sentirse tan abrumada que experimente un deterioro de su salud mental y emocional, así como una fractura de su autoestima, que la lleven al resultado tipificado por esta norma penal.

El acoso reiterado, la amenaza o el riesgo de violencia, o la percepción de la propia condición como un estado de indefensión frente a la impunidad de un agresor implican, en la práctica, el asesinato del alma de esa víctima, con la consecuencia de que la vida pierde su significado y desaparece el sentido del propósito personal.

Esta norma penal contiene una suerte de transacción entre la tutela del derecho humano de la víctima y el patriarcado. Este es el único tipo penal derivado del homicidio que establece que el causante debe ser sometido a “tratamiento terapéutico multidisciplinario en un centro de salud estatal o particular que cuente con atención especializada...”. Ni los sicarios ni los conductores ebrios que hayan ocasionado una muerte están obligados a recibir terapia en un centro hospitalario público o privado.

Este privilegio contenido en el segundo párrafo del artículo 135 refleja, en realidad, el verdadero sentir del poder patriarcal: ofrecerles una puerta de salida a los condenados por este femicidio indirecto mediante la invocación de alguna patología psicológica o psiquiátrica.

Las respuestas institucionales

En un país cuyo gobierno ha decidido descartar al Ministerio de la Mujer y que, además, mantiene históricamente una deuda con la protección real de las mujeres y las niñas, el entorno existente facilita la impunidad de los agresores y, por ende, propicia la indefensión de las víctimas.

Esto se evidencia en el machismo cultural reproducido en afirmaciones como: “Ella tuvo la culpa” o “¿Por qué ella se involucró con alguien así?”. Estas y otras expresiones culpan a la víctima y exoneran a los agresores de su responsabilidad.

La realidad es que estamos en un entorno de brazaletes electrónicos que nunca llegan, fiscalías que demoran en procesar a los agresores y una sociedad que no les da importancia a estos asuntos. Lo que Panamá tiene para ofrecer frente a la violencia física, psicológica o digital contra la mujer es la impunidad.

Aquí vale la pena conocer la “Ley Olimpia”. Esta ley es el resultado del activismo de una mujer mexicana, Olimpia Coral Melo, quien fue víctima de violencia sexual digital cuando se publicaron imágenes íntimas suyas sin autorización. Olimpia tomó su caso y cabildeó por todo México para que se aprobara un conjunto de reformas legales dirigidas a combatir esta forma de violencia.

Entre las conductas que la Ley Olimpia penaliza se encuentran difundir, publicar, reproducir o compartir contenido íntimo sexual sin consentimiento, ya sea real o simulado. Además, se tipifican como delitos la exposición de imágenes, audios o videos de personas desnudas o en poses eróticas; la solicitud, sustracción o divulgación de contenido sexual de personas cercanas o figuras públicas; y el contacto o la solicitud de encuentros con menores de edad con fines sexuales.

En 2018, el estado de Puebla fue el primero en aprobar la Ley Olimpia. Actualmente, 28 de los 32 estados mexicanos tienen una versión de esta legislación. Además, Paraguay la ha adoptado y España la está considerando.

Una ley para Marie Claire

Marie Claire González ya no está con nosotros. El mejor tributo que podemos rendirle a su valiosa vida es prevenir que otra persona enfrente lo que ella conoció.

La institucionalidad pública que atiende los casos de acoso, violencia, hostigamiento y otras formas de discriminación contra las mujeres y las niñas necesita una reingeniería. Debe existir una ventanilla única a la cual acudir, un único número de teléfono al cual llamar y una respuesta unificada e integral por parte del Estado.

Como si se tratara de un cuarto de urgencias, la solicitante debe obtener asistencia jurídica, protección física, apoyo psicológico y económico, así como un seguimiento pormenorizado de su caso. No puede convertirse en otro número de expediente engavetado en un archivador oxidado.

Este sistema debe tener un alto grado de autonomía económica, con ingresos propios administrados mediante un fideicomiso. El personal administrativo y de apoyo debe tener permanencia y estar libre de nombramientos políticos e improvisaciones. Las y los fiscales designados para las tareas judiciales deben ser empáticos y trabajar en turnos rotativos.

Olvídense del brazalete. Un hombre que haya participado de alguna forma de agresión o acoso debe permanecer recluido en una instalación especial o, si se quiere, en un centro penitenciario segregado del resto de los privados de libertad. En paralelo al proceso administrativo o judicial que deba enfrentar, ese ciudadano deberá asistir a sesiones obligatorias de terapia.

Ninguna mujer debe estar atrapada en una relación violenta e indigna por razones económicas. De acuerdo con sus necesidades, el sistema debe proporcionarle un subsidio económico transitorio hasta que pueda valerse por sus propios medios. La pobreza o la dependencia no deben convertirse en cadenas que obliguen a una mujer a vivir en un entorno de violencia y ultraje.

Un último elemento de un nuevo sistema de tutela para las víctimas de la violencia machista debe ser el componente de educación popular. Criterios como “en peleas de marido y mujer, nadie se debe meter” deben ser superados. La normalización de la violencia en todas sus formas y la degradación de las mujeres o las niñas no deben ser jamás toleradas culturalmente.

Marie Claire escribió en sus redes sociales: “No me llamen fuerte, no me admiren, no me llamen sobreviviente, porque les fallé; les fallé a mis hijos por no haber podido ser más fuerte para ellos. Perdónenme”.

Todos le fallamos a Marie Claire y, en su nombre, no debemos fallarle a ninguna otra mujer o niña. Lo que tenemos no funciona y es imperativo construir un sistema que proteja la dignidad de la mujer, rescate familias y evite los femicidios, incluso cuando adopten la forma de suicidios.

WhatsApp Compartir en WhatsApp

Siguiente
Siguiente

El Niño visita a un país sin resiliencia