La amnistía que nunca muere, de nuevo en la agenda
17 de Agosto de 2026
Por: Diputado 72
Exclusivo para Contrapeso
Un proyecto de la diputada de Vamos Janine Prado para definir qué es delito político en Panamá y excluir delitos comunes graves se ha convertido, un año después, en una posible vía para retomar la discusión sobre una amnistía que podría beneficiar al expresidente Ricardo Martinelli.
La historia comenzó el 9 de julio de 2025, cuando Prado presentó el Anteproyecto de Ley 36, tras intentos legislativos por impulsar una amnistía que podía alcanzar a condenados o procesados por blanqueo de capitales en casos como New Business, Blue Apple y Odebrecht.
La propuesta buscaba limitar la figura del delito político e impedir que delitos comunes graves entraran en esa categoría. Pero desde su presentación surgió una diferencia clave.
Luis Eduardo Camacho dijo entonces que estaba satisfecho porque Prado había introducido un tema que él también quería llevar a la Asamblea, aunque dejó claro que no compartía su definición de delito político.
El 5 de marzo de 2026, la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales prohijó el anteproyecto, que quedó sujeto a discusión y cambios en primer debate. Camacho presidía entonces esa comisión.
Ahora Prado quiere retirarlo.
Mediante una nota del 12 de agosto de 2026, pidió a la Comisión de Gobierno el retiro administrativo del proyecto para “revisar y adecuar su contenido”. Pero la iniciativa ya había sido prohijada y varios diputados se opusieron.
Camacho, diputado de Realizando Metas y aliado político de Martinelli, sostiene que la comisión debe autorizar el retiro y que cualquier cambio puede hacerse en primer debate. Su posición es relevante porque pretende modificar el texto y considera que definir legalmente el delito político es un paso previo para discutir una eventual amnistía.
La Constitución, en su artículo 159, numeral 6, faculta a la Asamblea Nacional para decretar amnistías por delitos políticos. La discusión está en determinar qué conductas entran en esa categoría.
Martinelli está asilado en Colombia tras ser condenado a 10 años y 8 meses de prisión y al pago de una multa de $19.2 millones por blanqueo de capitales en el caso New Business.
Camacho se opone al retiro
Camacho conoce el proyecto desde una posición clave. Presidió la Comisión de Gobierno durante los dos primeros periodos legislativos de la actual Asamblea y ocupaba el cargo cuando la iniciativa fue prohijada en marzo de 2026. Actualmente es secretario de la comisión, que desde el 21 de julio preside el diputado del PRD Benicio Robinson.
Camacho pidió rechazar la solicitud de Prado. Sostuvo que el proyecto puede revisarse en primer debate y que, al haber sido prohijado, no puede retirarse sin autorización de la comisión.
El diputado ya había impulsado una propuesta sobre delito político que no prosperó.
En abril de 2025 también defendió el Proyecto de Ley 235, presentado por Jairo Salazar, que proponía una amnistía política y podía beneficiar a condenados por blanqueo de capitales en New Business y a imputados por ese delito en Blue Apple y Odebrecht. La Comisión de Gobierno lo rechazó en primer debate y Camacho intentó rescatarlo mediante un informe de minoría.
Cuando Prado presentó tres meses después su propuesta, Camacho vio otra oportunidad para discutir el tema.
Ahora pidió al presidente de la comisión, Benicio Robinson, incluirla entre las prioridades del periodo legislativo.
Robinson también tiene antecedentes de acercamientos políticos con Martinelli y su entorno partidario. En 2014, el entonces dirigente del PRD Mitchell Doens acusó a Robinson de buscar una alianza con Martinelli para la elección del procurador y el contralor. Dos años después, el propio Robinson no descartó públicamente una eventual alianza legislativa entre el PRD y Cambio Democrático, partido que entonces lideraba Martinelli.
“Cuando la diputada Janine Prado presentó este proyecto, realmente me sentí feliz porque me evitó la necesidad de presentar nuevamente la iniciativa. Hagamos la discusión. La comisión ya prohijó el proyecto y es la única que puede autorizar su retiro”, manifestó Camacho.
Agregó que insistirá en modificarlo porque su visión sobre los delitos políticos difiere de la de Prado. También dijo que, para discutir una ley de amnistía, considera necesario definir primero el delito político.
“Debo aprovechar el error político que cometió la diputada y, sencillamente, vamos a la discusión del proyecto”, afirmó.
La comisión rechaza el retiro
El diputado Osman Gómez también respaldó que la iniciativa permaneciera en la comisión y, en tono jocoso, comentó que resultaba inesperado ver a Camacho defendiendo un proyecto de Prado.
“Y es correcto. Si un proyecto ya fue prohijado, lo que le corresponde a la comisión es mantenerlo”, expresó Gómez.
La solicitud de retiro fue rechazada con un voto a favor, cinco en contra y una abstención.
Alexandra Brenes votó a favor. Benicio Robinson, Luis Eduardo Camacho, Raphael Buchanan, Osman Gómez y Alaín Cedeño votaron en contra, mientras Julio De La Guardia se abstuvo.
Así, el proyecto seguirá en la comisión y podrá ser discutido y modificado en primer debate, pese a la solicitud de Prado para retirarlo.
¿Qué dice el proyecto presentado por Janine Prado?
La iniciativa busca definir expresamente el delito político en Panamá, incorporando criterios doctrinales, jurisprudenciales e internacionales.
La legislación penal panameña no contiene una definición general del delito político, aunque el concepto aparece en normas constitucionales y tiene efectos en extradición, asilo, amnistía e indulto.
La propuesta recoge criterios de la Corte Suprema de Justicia y de instrumentos internacionales suscritos por Panamá.
Según el Comité Jurídico Interamericano, los delitos políticos comprenden infracciones contra la organización y funcionamiento del Estado y aquellas directamente relacionadas.
Sin embargo, determinadas conductas graves no pueden ampararse bajo esa categoría.
La Convención Interamericana contra la Corrupción también limita el argumento político en casos de corrupción. Panamá ratificó ese tratado mediante la Ley 42 del 1 de julio de 1998.
Criterios de la Corte Suprema
En una sentencia del 28 de agosto de 1996, la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema señaló que los delitos políticos son aquellos que atentan contra la personalidad jurídica interna del Estado.
En un fallo del 30 de junio de 2008, el Pleno declaró inconstitucionales varios indultos concedidos durante el gobierno de Mireya Moscoso a condenados o procesados por delitos comunes.
La Corte interpretó entonces que los “delitos políticos” comprenden los delitos contra la personalidad interna del Estado y los electorales.
La jurisprudencia también contempla que ciertos delitos comunes adquieran naturaleza política si existe una conexión acreditada con las circunstancias sociopolíticas en que ocurrieron o con propósitos de transformación política.
Ese margen para determinar cuándo un delito común puede considerarse político o conexo es uno de los puntos centrales del debate.
Delitos que el proyecto excluye
La propuesta excluye como delitos políticos el homicidio, las lesiones corporales graves, el terrorismo y su financiamiento, además de delitos contra la seguridad colectiva, la libertad individual y la Administración Pública.
También excluye el uso de explosivos o sustancias incendiarias que pongan en peligro vidas o causen daños materiales considerables, los delitos de lesa humanidad y la conspiración o complicidad vinculada a estas conductas.
El artículo 518 del Código Procesal Penal ya contempla varias exclusiones para extradición y dispone que determinadas conductas no pueden calificarse como delitos políticos ni como delitos comunes conexos.
El alcance de la propuesta
El proyecto define como delitos políticos los cometidos contra la personalidad jurídica del Estado, contemplados en el Código Penal, y los delitos electorales del Código Electoral.
También permitiría reconocer excepcionalmente como político un delito común cuando se compruebe que buscó transformar ideologías, restaurar el sistema democrático, defender valores democráticos o proteger el orden constitucional.
En cambio, las acciones dirigidas a desestabilizar a un gobierno constitucionalmente legítimo y respetuoso del sistema democrático no serían delitos políticos.
Para determinar la naturaleza política de una conducta, las autoridades tendrían que evaluar las circunstancias, el bien jurídico afectado y si la motivación estuvo ligada a factores como altruismo, patriotismo o idealismo.
La definición tendría efectos en amnistías, indultos, asilos y extradiciones.
Según la exposición de motivos, la iniciativa busca evitar interpretaciones arbitrarias y que delitos comunes graves, como blanqueo de capitales, corrupción administrativa o malversación de fondos públicos, queden protegidos bajo argumentos políticos.
El proyecto seguirá en la Comisión de Gobierno. La discusión será qué definición de delito político salga del primer debate y qué efecto podría tener después sobre una eventual amnistía.
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