La resiliente impunidad
30 de Enero de 2026
Exclusivo para Contrapeso
La lucha de lo civil y lo incivil, traducida en las interacciones constantes de las fuerzas de la sociedad por adecentar la función pública basada en la ética, la moralidad y el progreso justo, se encuentra a prueba. La fuerza creciente y exponencial de lo incivil se traduce en agrupaciones legalmente constituidas para obtener el poder político y, de esa forma, ser favorecidas con jugosas prebendas que encuentran su mejor aliado en la misma ley que debería ser más exigente en la rendición de cuentas.
Vemos cómo los órganos de decisión, llamados a cumplir con los mandatos y convenios internacionales en materia de corrupción, se resisten a actualizar y adecuar la ley, basados en la praxis del abordaje de las investigaciones en esta materia y en la necesidad de las autoridades de contar con herramientas jurídicas y técnicas actualizadas, con carácter especializado.
Las propuestas de ley 291 y 292, promovidas por el Procurador General de la Nación, internalizan los criterios que deben favorecer más al sistema de filtros en la rendición de cuentas de los servidores públicos y su forma de investigación sin paralelismo. Su rechazo ante la comisión de gobierno, usando argucias exógenas politiqueras, lejos del tecnicismo que requerían las iniciativas de ley, me pareció la saga de la película El señor de los anillos.
El país no debe asumir los riesgos representados en nuevas formas y modalidades de corrupción que socavan la institucionalidad jurídica del Estado. Es un lujo incivilizado de la vaganduria que permea la tranquilidad y el alto costo de empobrecimiento de la población. Ocupar un cargo público no debe alentar a apetecer ambiciones personales ni a generar riquezas individuales, sino a enriquecer la vocación de servicio en favor de los asociados. Estas iniciativas acuden a un llamado impostergable de perfeccionar las investigaciones especializadas en delitos contra la administración pública y dotar al Ministerio Público de las herramientas necesarias para contener el sistema de filtros del dique del Estado para perseguir estos delitos.
Las leyes sectoriales que hoy imperan en la materia de enriquecimiento ilícito o injustificado no son suficientes. La notitia criminis de estos delitos no puede estar al arbitrio de un solo servidor público con el sistema de filtros actuales, sino que la rendición de cuentas debe irradiar las competencias de investigación penal en los casos que presten mérito para ello, con personal idóneo y calificado, basado en la experticia y el conocimiento científico, dotados de independencia y eficiencia.
Es bien importante que toda la sociedad panameña se interese más en los criterios expuestos que sustentan estas iniciativas de ley, con participación exigente y vinculante, para que la Asamblea de Diputados discuta y apruebe las leyes necesarias para poder combatir mínimamente estos delitos contra la administración pública.
A contrario sensu, nos arriesgamos a avistar más figuras públicas explayando sus nuevas riquezas, que absorben de forma perversa nuestra imagen internacional como país donde la corrupción, el peculado y el enriquecimiento injustificado o ilícito es “buen negocio”.
La sociedad civil organizada no puede permitir que la organización incivil se apodere de los principios morales y éticos de la sociedad panameña.
Por: Giovanni E. Olmos Espino
Ex-fiscal
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