El laberinto del salario mínimo
15 de Diciembre de 2025
Exclusivo para Contrapeso
En 1890, Australia aprobó la primera ley del mundo que establecía un salario mínimo para los trabajadores. El principio universal del salario mínimo es que todos los trabajadores que desempeñen sus tareas en una misma actividad tienen derecho a percibir, al menos, una suma específica común de dinero que les permita cubrir sus necesidades y las de sus familias.
La legislación del salario mínimo llegó a Panamá en 1959, cuando en el gobierno del presidente Ernesto de la Guardia (1956-1960) se realizó una marcha multitudinaria de trabajadores denominada como “la Marcha del Hambre y la Desesperación”. Miles de trabajadores se trasladaron a la capital de la República para solicitar un salario mínimo que les permitiera cubrir sus principales necesidades materiales. Como resultado de esta acción, se creó la Ley 51 de 1959, que estableció tres salarios mínimos. Para los trabajadores no calificados en la ciudad de Panamá y alrededores, la remuneración era de 40 centésimos por hora, por un horario de 8 horas. A su vez, los trabajadores rurales recibieron un salario mínimo de 18.75 centésimos por hora y los empleados de servicio doméstico recibieron una remuneración de 15 dólares al mes.
El marco jurídico actual
La Constitución Política de la República de Panamá estableció el principio general que rige a los salarios mínimos de la siguiente forma:
“Artículo 66. La ley establecerá la manera de ajustar periódicamente el salario o sueldo mínimo del trabajador, con el fin de cubrir las necesidades normales de su familia, mejorar su nivel de vida, según las condiciones particulares de cada región y de cada actividad económica; podrá determinar, asimismo, el método para fijar salarios o sueldos mínimos por profesión u oficio.
En los trabajos por tarea o pieza, es obligatorio que quede asegurado el salario mínimo por pieza o jornada.
El mínimo de todo salario o sueldo es inembargable, salvo las obligaciones alimenticias en la forma que establezca la ley. Son también inembargables los instrumentos de labor de los trabajadores.”
Según la Constitución Política, el salario mínimo tiene como propósito el de “...cubrir las necesidades normales de su familia, mejorar su nivel de vida...”. Además, se establece que habrá varios salarios mínimos de acuerdo con la “región y ocupación”. A estos principios se suma que se puede establecer un salario mínimo “por profesión u oficio”.
El Código de Trabajo, en los artículos 172 a 180, desarrolla lo ordenado por la Constitución Política en materia de salario mínimo. En particular, el artículo 177 de este Código establece la metodología para el cálculo del salario mínimo de la siguiente forma:
“Artículo 177. Para la determinación del salario mínimo se tendrá en cuenta:
Las diferencias regionales en el costo de vida.
La política económica y social general del país, en los aspectos del desarrollo nacional integral y sostenido.
La política de empleo y de redistribución de ingresos.
La naturaleza y el riesgo del trabajo.
Las condiciones, el tiempo y el lugar en que se realice el trabajo.
Cuando fuere procedente, las diferencias entre las profesiones u oficios.”
El citado artículo delimita un ecosistema de herramientas y políticas públicas que deben ser parte del planteamiento del salario mínimo. La pregunta evidente es: ¿dónde están esas políticas públicas?
La otra realidad
Se supone que el salario mínimo debería servir para cubrir las necesidades de una familia. El costo de la canasta básica para mayo de 2025 fue de 300.58 dólares en supermercados y de 341.73 dólares en los minisúper. Esta canasta básica no incluye el costo de medicamentos ni de servicios públicos como agua, electricidad, telefonía, servicios de internet, recolección de basura, ni tampoco los gastos asociados a la vivienda, ya sea el alquiler o la hipoteca. Desde un punto de vista patriarcal, el salario mínimo le debía dar a un varón el ingreso suficiente para sostener a su cónyuge y a sus hijos de forma digna.
Esto contrasta con la realidad de que el 38% de los hogares panameños está liderado por una madre soltera. A su vez, el 33.6% de los asalariados temporales en el sector agrícola son mujeres. Estas cifras apenas pintan un esbozo de la situación laboral que enfrentan las mujeres. Una madre soltera difícilmente ha obtenido educación universitaria. Esa misma madre soltera tendrá muy poca disposición a cambios de horario o a realizar labores en horas extras, precisamente porque tiene su descendencia que la necesita.
Existe otro número de mujeres que, sin ser madres solteras, debe reducir su potencial laboral debido a las tareas de cuido de un adulto mayor o de un pequeño hermano o hermana con alguna enfermedad. Estos son algunos elementos que terminan por convertir al salario mínimo en el salario máximo de una importante parte de nuestra población. Por supuesto, están los desempleados, subempleados e informales, para quienes un salario mínimo estable en una empresa formal sigue siendo una ficción.
Las tareas pendientes
El aumento a los salarios mínimos acordado el pasado 10 de diciembre va de 9 a 16 dólares al mes, dependiendo de la tasa específica. Esto representa un incremento de 30 a 53 centésimos diarios. Dejo a los lectores valorar si con 30 o 53 centésimos más al día se puede enfrentar el costo de la vida en el país.
Mientras entran en vigencia los nuevos salarios mínimos, cabe la pregunta: “¿qué más se puede hacer para mejorar el ingreso de los trabajadores?”. Está claro que bajos salarios significan bajas pensiones de la seguridad social y también implican una reducida capacidad para el ejercicio pleno de los derechos económicos de esos trabajadores y sus familias. Frente a esto hay dos posibles respuestas: la primera es disminuir costos y la segunda es aumentar los ingresos de los trabajadores por vía de incrementar su formación para hacerlos más competitivos.
En cuanto a la primera opción, el Estado panameño tiene una muy limitada oferta de alimentos subsidiados en las tiendas del Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA) y las Navi-ferias de esta institución. Las exageradas filas de consumidores que buscan estos productos subsidiados del IMA no son causa de celebración, sino evidencia de la estrechez económica y la inseguridad alimentaria que enfrenta una parte importante de los hogares panameños. Igual ocurre con la muy atractiva oferta de medicamentos en los centros de salud del país. Los precios son sumamente competitivos, pero, al igual que con las tiendas y ferias del IMA, el impacto es reducido.
Existen proyectos como la Línea 3 del Metro de Panamá que tienen el potencial de reducir significativamente el gasto en transporte y el tiempo utilizado en desplazarse hacia y desde los dos principales distritos de Panamá Oeste y la capital del país. Esto da una oportunidad para que el tiempo adicional que ganen estos trabajadores sea utilizado para capacitarlos en nuevas tecnologías y prácticas productivas más eficientes. Sin embargo, la propia ineficiencia del Estado en los servicios de agua potable, mantenimiento vial o en la supervisión de los servicios públicos ofrecidos por empresas privadas, como la recolección de basura, se convierte en sobrecostos que castigan a los más pobres. Adicionalmente, el problema de la inseguridad ciudadana genera otra limitante al potencial económico de gran parte de la población.
Por otra parte, si existiera una política pública realmente orientada a mejorar la remuneración del empleo, entonces se tendría que promover la formación y crecimiento de pequeñas y medianas empresas locales, y atraer empresas extranjeras que eleven el nivel de vida de sus trabajadores. Aquí señalarán algunos hacia la mina de cobre en suspenso, pero basta pensar en lo que se pudiera generar con verdaderas estrategias enfocadas en los sectores de la logística, el turismo, la agroindustria y la innovación tecnológica. Se requerirá atraer talento altamente capacitado del extranjero para que impulse esas inversiones y transfiera su conocimiento a los panameños. Muchos de los componentes de estas iniciativas ya están en marcha, pero falta convertir esa tonada en una sinfonía para una orquesta.
Vale la pena recordar un ejemplo de una medida que funcionó para mejorar los ingresos de los trabajadores. Por medio de la Ley 61 del 26 de diciembre de 2002, se eliminó el impuesto sobre la renta a todas las personas naturales con un ingreso inferior a 10,400 dólares al año. Esto, en la práctica, era un aumento de salario para todos los que ganaban 800 dólares o menos al mes. Probablemente liberó recurso humano en la Dirección General de Ingresos que pudo ser dedicado a la atención de contribuyentes de mayor nivel.
Después de 23 años de esta medida, es tiempo de pensar en algo grande para los trabajadores informales y los que perciben salario mínimo. Una medida podría ser que el Estado otorgase, por una sola vez, un bono de 2,500 dólares a 100 mil trabajadores. Este bono solo podría ser utilizado para la educación del beneficiario en una institución certificada. De esta forma, el trabajador o la trabajadora podrá estudiar inglés, contabilidad, informática, repostería, mecánica de precisión y cualesquiera otras materias que le sean útiles para su crecimiento laboral. El esfuerzo se repetiría anualmente con otros 100 mil trabajadores, y así sucesivamente hasta que unos 400 mil trabajadores, de los niveles de ingresos más bajos, hayan mejorado su formación y su competitividad. De esta forma, un conductor que aprenda inglés se puede transformar en un guía de turismo; una vendedora que aprenda contabilidad puede alcanzar un nivel ejecutivo; un mecánico que domine la reparación de autos híbridos o eléctricos será más cotizado; y un cocinero que aprenda a hacer comidas sin gluten tendrá más valor para el mercado.
Los años de estancamiento económico que ya precedían a la pandemia le quitaron mucho poder adquisitivo y muchas esperanzas a las trabajadoras y trabajadores panameños. Cuando la fórmula dejó de ser trabajar para vivir para convertirse en vivir para trabajar como sea, tiene como consecuencia que peligren la dignidad humana y el bienestar social. Con iniciativas como el bono educativo, que se puede financiar con el mismo impuesto con el que se financia la descentralización, el salario mínimo dejaría de ser el techo de la clase trabajadora para convertirse en el piso de una nueva clase media.
Por: Rodrigo Noriega
Abogado
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