Concesiones bajo la lupa: doce medidas para que funcionen

11 de Agosto de 2026

Por: Carlos Barsallo
Abogado

Exclusivo para Contrapeso


El reciente reportaje TVN Investiga: Concesiones bajo la lupa (29 de julio de 2026)

TVN Investiga: Concesiones bajo la lupa

expuso deficiencias recurrentes en concesiones de energía, aseo y puertos: competencia limitada, fiscalización tardía y servicios deficientes que terminan afectando a las comunidades. En mi entrevista en TVN Noticias resalté la necesidad de mayor fiscalización e instituciones fuertes.

TVN Noticias

Pero el verdadero problema no comienza ni termina con la adjudicación. Esta es apenas el comienzo. Abarca todo el ciclo de vida de la concesión: cómo se justifica, diseña, licita, supervisa, modifica y termina. Propongo un modelo práctico de doce medidas organizadas en cuatro etapas, orientado a transparencia, competencia, supervisión efectiva y rendición de cuentas.

  1. Planificación antes de licitar
    Realizar estudios técnicos, financieros, ambientales y sociales verdaderamente independientes, identificando autores, financiamiento, conflictos de interés, metodología y supuestos. Publicar análisis de costo-beneficio accesible, evaluación de alternativas (obra pública, APP, privatización) y justificación sencilla de por qué la concesión es la mejor opción. Incluir siempre el escenario base: ¿qué ocurre si el Estado no concesiona? Una decisión mal fundamentada socava toda la credibilidad posterior.

  2. Máxima transparencia desde el primer día
    Publicar oportunamente, en formatos reutilizables y datos abiertos: estudios previos, criterios de evaluación, matriz de riesgos, borradores del contrato, ofertas (salvo secretos industriales), informes de evaluación, contrato final y modificaciones. Propongo adoptar un Portal Único Digital (estilo Chile o Colombia) con historial inalterable, alertas automáticas y acceso fácil.

  3. Competencia real
    Evitar condiciones diseñadas para un oferente específico mediante plazos razonables, prohibición de especificaciones restrictivas, promoción internacional y precalificación objetiva. Una licitación con un solo oferente requerirá justificación extraordinaria: evaluación independiente, comparación con precios de mercado, aprobación reforzada y publicación previa.

  4. Independencia de la comisión evaluadora
    Los evaluadores firmarán declaraciones de conflicto de intereses, revelarán relaciones profesionales o familiares y estarán sujetos a recusación y monitoreo. Se exigirán perfiles técnicos sólidos, deliberaciones documentadas y cooling-off periods para exfuncionarios. Certificaciones como ISO 37001 pueden servir como referencia, pero no deben sustituir el examen de su efectividad real.

  5. Beneficiario final obligatorio
    Toda empresa revelará beneficiarios finales, estructura societaria, control efectivo, vínculos con funcionarios y antecedentes de corrupción. La obligación es continua durante toda la concesión, con verificación, notificación de cambios y sanciones por información falsa. Se extiende a consorcios y subcontratistas relevantes.

  6. Cláusulas anticorrupción robustas
    Incluir terminación por corrupción, obligación de cooperación, acceso a registros, auditorías, protección a denunciantes y programas de cumplimiento. Prever un plan de continuidad para que las sanciones no afecten al usuario. Las consecuencias contractuales deben ser claras, rápidas y ejecutables.

  7. Supervisión técnica independiente
    La idea central es supervisar técnicamente no solo al concesionario, sino también al propio supervisor. El interventor independiente no sustituye al regulador: lo fortalece, aporta información objetiva, incrementa la transparencia y genera incentivos para que ejerza plenamente sus responsabilidades. Hoy esos incentivos no siempre están alineados.

Separar quien negocia de quien supervisa. Crear interventor independiente, auditor técnico y financiero, con indicadores mensuales. La independencia se garantiza mediante licitación pública, incompatibilidades, rotación, remuneración no dependiente del concesionario e informes públicos. El supervisor independiente no sustituye al Estado; fortalece su capacidad para hacer cumplir el contrato. La potestad regulatoria y sancionadora permanece en el Estado.

  1. Indicadores objetivos de desempeño
    Definir KPIs verificables de continuidad, calidad, inversión, tiempos de respuesta y satisfacción del usuario. Penalidades automáticas para incumplimientos objetivos. Para casos complejos (fuerza mayor, reequilibrio), procedimiento técnico independiente y rápido. Incorporar tecnología: IA para detectar riesgos, blockchain para trazabilidad, apps ciudadanas y contratos inteligentes.

  2. Cambios contractuales extremadamente limitados
    Exigir para toda modificación importante: comparación contrato original vs. modificado, cálculo de impacto acumulado, informe técnico y financiero independiente, publicación previa, participación ciudadana y aprobación por instancia distinta. Establecer umbral a partir del cual se requiere nueva licitación y prohibir cambios a elementos esenciales.

  3. Participación ciudadana
    Los usuarios podrán presentar quejas con respuesta obligatoria y trazabilidad, acceder a indicadores, participar en audiencias y monitorear inversiones. Proteger a denunciantes efectivamente, evitando abusos.

  4. Fiscalización permanente
    Coordinación entre Contraloría, reguladores, autoridad de competencia y anticorrupción. Crear un mecanismo permanente de intercambio de información. Evaluar también al regulador por omisiones. El supervisor técnico independiente complementa, sin duplicar, los controles existentes.

  5. Evaluación al finalizar la concesión
    Realizar evaluación pública de cumplimiento de metas, calidad del servicio, inversiones, rentabilidad y lecciones aprendidas. Analizar quién asumió los riesgos, costo total para el Estado, modificaciones y sanciones aplicadas. Publicar “lecciones aprendidas” para uso obligatorio en futuras concesiones. Ninguna nueva concesión debería otorgarse sin haber estudiado las lecciones aprendidas de las anteriores.

Estas doce medidas construyen un sistema donde nadie, ni concesionario, ni regulador, ni político, opera sin observación, los resultados se miden y el incumplimiento genera consecuencias ciertas. Una buena concesión no depende solo de escoger al operador correcto, sino de diseñar reglas que garanticen cumplimiento verificable. Ese conocimiento permite mejorar futuras concesiones y exigir una verdadera rendición de cuentas, no una rendición de cuentos.

En una segunda parte abordaré con mayor detalle la supervisión técnica independiente y cómo lograr que los incumplimientos objetivos produzcan consecuencias oportunas.

WhatsApp Compartir en WhatsApp
Siguiente
Siguiente

¿Cómo reacciona un país cuando alguien le muestra un espejo?