La otra tragedia del envenenamiento con dietilenglicol.
22 de Abril de 2026
Exclusivo para Contrapeso
En el año 2006, unos 839 panameños y panameñas murieron a causa del envenenamiento masivo con un jarabe de guayacolato sin azúcar y una loción de calamina que contenían un ingrediente tóxico para los seres humanos: el dietilenglicol industrial. La Caja de Seguro Social (CSS) fabricó ambos medicamentos que contenían el tóxico industrial que, por la manipulación del etiquetado de una empresa china, llegó a Panamá como un inofensivo ingrediente.
La crisis sanitaria causada por el envenenamiento con el tóxico fue denominada como un “síndrome renal agudo” que se pensó originalmente que era causado por una bacteria nosocomial en las instalaciones de salud de la CSS. Una delegación de investigadores estadounidenses del Centro de Control de Enfermedades (CDC), por sus siglas en inglés, descubrió la verdadera causa del síndrome renal agudo, señalando como culpable al envenenamiento con dietilenglicol, un producto usado como solvente y humectante industrial. Las autoridades sanitarias panameñas certificaron a 839 fallecidos y a otros 1,300 reconocidos como envenenados. Este envenenamiento ha sido hasta la fecha la mayor intoxicación por dietilenglicol que se ha dado en el mundo.
El drama judicial
Para hacer el reclamo por daños y perjuicios contra la CSS, los familiares de los fallecidos y las víctimas del envenenamiento interpusieron sus demandas en la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Según el ordenamiento jurídico panameño, la regla general es que las reclamaciones contra entidades del Estado y de los gobiernos locales deben presentarse ante esta Sala de la CSJ; existen algunas excepciones a este principio que no son aplicables a este caso. El total de las reclamaciones contra la CSS por el envenenamiento por dietilenglicol fue de 3,220 millones 79 mil 162 dólares con 80 centésimos.
Desde el año 2018, las víctimas del envenenamiento y los familiares de los fallecidos acudieron a la Sala Tercera buscando una compensación económica que resarciera el sufrimiento humano de este envenenamiento. Aquí hubo negligencia de la clase política panameña. Aunque se estableció por ley una pensión vitalicia para los sobrevivientes del envenenamiento, no se estipuló una indemnización por daños y perjuicios para cada víctima, lo que les obligó a interponer demandas costosas y con un resultado incierto.
Los peritos
En estos casos, las partes deben aportar peritos que evalúen los daños y estimen un valor o justifiquen el monto de la indemnización. Los peritos contratados por la CSS han sido clave en reducir el monto de las indemnizaciones que efectivamente tiene que pagar la institución. Por ejemplo, en el año 2022, en una de las primeras reclamaciones por el envenenamiento, la demanda fue por 2.1 millones de dólares, pero los peritos contratados por la CSS demostraron que el daño era en realidad de 188 mil dólares. Los dos peritos de este caso cobraron un total de 17 mil dólares a la institución.
En noviembre de 2024, la CSS enfrentó un duro cuestionamiento en la Asamblea Nacional, cuando pidió a la Comisión de Presupuesto que se le asignaran 603 mil dólares para pagarles a tres peritos que dieron su opinión técnica para contrarrestar los reclamos en 85 demandas, cuyo monto total ascendía a 510 millones de dólares. En la Comisión de Presupuesto se le pidió a la institución diversificar el número de peritos y reducir los montos a pagar, a pesar de que estos peritos ya habían realizado sus servicios.
El final del camino
El pasado 20 de abril se conoció que la Sala Tercera había condenado a la CSS a pagar un total de 75 mil dólares a tres víctimas del envenenamiento: Juan Antonio Cisneros Morán, Yackeline del Carmen Reyes Anderson y Cindy del Carmen Guillén Casiano. La reclamación inicial había sido por 6 millones de dólares.
Actualmente hay 472 demandas en la Sala Tercera por este tema, de las cuales 387 han llegado a la etapa de fondo de sus respectivos procesos.
Con los resultados ya conocidos por las demandas decididas por la Sala Tercera, se puede prever que los restantes procesos tendrán como desenlace indemnizaciones económicas muy poco satisfactorias. La regla para estas indemnizaciones es que, entre más pobre, más enferma o más adulta estuviera la víctima, menor sería la compensación. Hasta en la muerte, las diferencias sociales marcan los resultados. La trayectoria de todos estos procesos es que los peritos, encargados de rebajar las reclamaciones de las víctimas, cobrarán muchísimo más que aquellos condenados a vivir con una discapacidad severa o quienes solo tienen una foto y los recuerdos tristes de la agonía de un familiar envenenado por la negligencia de la institución de seguridad social.
En el fallo en el cual se determinó la condena de la CSS por 75 mil dólares, se le ordenó a la institución ofrecerles disculpas públicas a los envenenados en un comunicado ampliamente divulgado en su sitio web, que debe permanecer por 30 días; además, se debe colocar una placa en el sitio donde funcionó el laboratorio de la CSS que fabricó los medicamentos envenenados, y se ordenó a la institución que erigiera un monumento en la Ciudad de la Salud en honor a las víctimas de la intoxicación. Estos gestos simbólicos constituyen una especie de indemnización moral. Sin embargo, la Sala Tercera perdió la oportunidad de cambiar la cultura administrativa de la CSS con medidas que hubiesen incluido un curso obligatorio para los funcionarios de compras, de abastos y todos aquellos que reciban insumos o productos para uso de los pacientes de la entidad. Igualmente, se dejó por fuera la creación de una veeduría ciudadana permanente sobre las compras, contrataciones y manejo de inventario de la institución.
Probablemente quedaron muchos panameños y panameñas fallecidos o lastimados por el envenenamiento que no fueron certificados y que, por lo tanto, no serán indemnizados. La distorsión en los procesos administrativos de la CSS, orientados históricamente a encubrir la negligencia y la mala praxis en la institución y no a proteger a los pacientes; la frágil gestión de los recursos humanos de la entidad; la ausencia de control de calidad de lo contratado por la CSS; y, finalmente, la carencia de una revisión continua de lo que sucede día a día en esa gigantesca organización, son todas condiciones que persisten y que pueden producir otra crisis como el envenenamiento masivo con dietilenglicol. Si el resultado de estas condenas de la Sala Tercera es que nada cambie, las 839 vidas perdidas y las 1,300 personas gravemente afectadas habrán sido un sacrificio en vano.
Por: Rodrigo Noriega
Abogado
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