Por qué Coiba genera sentimientos encontrados
21 de Junio de 2026
Por: Redacción Contrapeso
Exclusivo para Contrapeso
José Raúl Mulino es recordado por sus posturas firmes contra el régimen autoritario que gobernó Panamá durante 21 años. Junto a un grupo de políticos, empresarios y dirigentes sociales, participó activamente en la Cruzada Civilista para oponerse a la dictadura del “hombre fuerte”, Manuel Antonio Noriega, quien utilizaba entre sus métodos de tortura el traslado de opositores y disidentes a la cárcel de Coiba, muchos de los cuales fueron desaparecidos posteriormente.
Para hablar de Coiba, conviene remontarnos a sus orígenes. La colonia surge mediante el Decreto N.° 15 del 29 de enero de 1920, bajo el mandato del presidente Belisario Porras, con el objetivo de crear un centro penitenciario aislado y de máxima seguridad para albergar a los criminales de alta peligrosidad que azotaban las calles de Panamá en esa época. Porras se inspiró en el modelo de la cárcel “Isla del Diablo”, en la Guayana Francesa, para evitar la fuga masiva de los reos, debido a que el sistema penitenciario era vulnerable y no contaba con el presupuesto suficiente.
Un año después, mediante la Ley N.° 2 del 28 de enero de 1921, se dispuso la construcción de cárceles modelo en las provincias de Panamá y Colón. Posteriormente, mediante el Decreto N.° 83 del 1 de junio de 1925, se formalizó la Isla Penal de Coiba, cuya organización se centró en brindar seguridad y tratamiento de resocialización, sin agravio a los derechos humanos de las personas privadas de libertad, que eran seleccionadas con penas mayores a cuatro meses. De esta forma, quedaron como cárceles de media y baja seguridad el Presidio de Chiriquí y los demás centros del país.
En 1941 se promulgó la Ley N.° 87 del 1 de julio, que estableció que los establecimientos penales tienen por objeto la reclusión de los condenados a penas privativas de libertad, y señaló que las cárceles son lugares de seguridad y expiación, no de castigo, y por lo tanto, se prohibió toda severidad que no fuera necesaria para la custodia y enmienda de los presos.
Al principio, el modelo estaba basado en el aislamiento con actividades agrícolas para las personas privadas de libertad. Los reos trabajaban en jornadas de cosecha y ganadería para mantenerse ocupados, en una época distante a la tecnología, la televisión, el cable, internet y las redes sociales.
Con la llegada del régimen en 1968, encabezado por el dictador Omar Torrijos y posteriormente por el dictador Manuel Antonio Noriega, comenzaron a darse los primeros traslados de prisioneros políticos, cuando originalmente la base del sistema era el aislamiento de delincuentes comunes de alta peligrosidad. Coiba comenzó a operar bajo un modelo estructurado, como el “Campamento Central”, “San Juan” y “Playa Blanca”.
Escaparse de la isla era prácticamente imposible, debido a los más de 20 kilómetros de distancia con la provincia de Veraguas, la vigilancia en la zona y el peligro de las aguas profundas.
En 2004, durante la administración de la presidenta Mireya Moscoso, se ordenó el cierre de la cárcel de Coiba tras más de 80 años de funcionamiento, principalmente debido a las constantes denuncias de violaciones a los derechos humanos dentro del penal. Durante décadas se reportaron abusos, torturas y desapariciones, lo que generó una fuerte presión tanto nacional como internacional para poner fin a este sistema.
El aislamiento impuesto por la cárcel contribuyó a evitar la deforestación y el desarrollo inmobiliario masivo del archipiélago. Tras su cierre, la isla dejó de ser un centro de reclusión y comenzó a transformarse en un área protegida. En 2005, la UNESCO declaró al Parque Nacional Coiba como Patrimonio de la Humanidad, reconociéndolo como uno de los refugios de biodiversidad marina y terrestre más importantes del Pacífico centroamericano.
La Ley 44 del 26 de julio de 2004 es la normativa que crea y regula el Parque Nacional Coiba. Su propósito es proteger, conservar y promover la investigación científica y el ecoturismo en este ecosistema insular y marino de importancia global.
Tras la fuga de 195 reos y tres muertos el pasado 1 de junio en el Centro Penitenciario La Joyita, el presidente José Raúl Mulino ordenó el traslado de 29 reos de máxima peligrosidad a Coiba, lo que representa una posible violación a la Ley 44, que establece que el parque no puede ser utilizado para fines distintos a su administración y preservación. El artículo 5 de esta ley prohíbe la ocupación humana, excepto para la administración del parque, la investigación científica y las actividades ecoturísticas contempladas en el Plan de Manejo. Es decir, que la normativa no contempla su uso como centro penitenciario.
Aunque la ley prohíbe de forma expresa actividades incompatibles con la conservación del ecosistema, la protección del patrimonio histórico y arqueológico o el ecoturismo, el presidente José Raúl Mulino defendió el traslado, argumentando que la medida responde a necesidades de seguridad nacional y no representa una amenaza para el ambiente ni para el Parque Nacional Coiba. “Esto no es una discusión sobre el uso de una reserva, sino sobre la seguridad de los panameños”, afirmó.
En medio del rechazo y los cuestionamientos, la Defensoría del Pueblo informó que se mantiene vigilante ante el traslado de 29 personas privadas de libertad al Parque Nacional Coiba, área protegida que desde 2005 cuenta con la declaratoria de Patrimonio Mundial de la UNESCO. La entidad recordó que la Ley 44 del 26 de julio de 2004 establece que, tras el cierre del penal, las instalaciones pasaron a ser administradas por el Ministerio de Ambiente, bajo la supervisión del Consejo Directivo del parque.
Asimismo, destacó que la normativa dispuso el traslado de los privados de libertad a más tardar un año después de su entrada en vigencia, es decir, el 29 de julio de 2005. También subrayó que el artículo 5 prohíbe la construcción de infraestructuras dentro del parque, salvo aquellas de bajo impacto destinadas al ecoturismo o a la investigación científica, conforme al Plan de Manejo.
Si bien la Defensoría reconoció los esfuerzos en materia de seguridad, advirtió que el cierre del antiguo centro penitenciario representó un compromiso simbólico internacional del Estado panameño. En ese sentido, alertó que cualquier medida que implique su reapertura podría poner en riesgo la condición de Patrimonio Mundial ante la UNESCO. Reiteró la importancia de garantizar los derechos humanos de las personas privadas de libertad, conforme a la legislación nacional y a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos.
Hoy, la medida es vista como una improvisación del gobierno, que no establece una política pública real para solucionar y atender la crisis del sistema penitenciario. Panamá incluso construyó años atrás la cárcel de Punta Coco para la reclusión de altos criminales y cabecillas de las poderosas bandas que controlaban y siguen controlando las calles. Pero, para variar, en Panamá cada administración presidencial llega con un librito distinto para aplicar cambios que al final terminan en retrocesos monumentales.
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