Reformas electorales: el tablero se inclina más
27 de Septiembre de 2026
Por: Diputado 72
Exclusivo para Contrapeso
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de ley 699, que reforma el Código Electoral de cara a las elecciones de 2029.
El proyecto recibió siete votos a favor y dos en contra. A favor votaron Benicio Robinson y Raphael Buchanan, del PRD; Luis Eduardo Camacho y Alaín Cedeño, de Realizando Metas; Ósman Gómez, de Alianza; Ariana Coba, del Partido Panameñista; y Julio de la Guardia, de Cambio Democrático. En contra votaron Alexandra Brenes y Walkiria Chandler, de Vamos.
El texto sufrió decenas de modificaciones durante el primer debate y todavía puede cambiar en el pleno. Entre los puntos más relevantes están mayores exigencias para la libre postulación, nuevos topes de financiamiento privado, cambios para funcionarios que aspiren a cargos de elección popular y la posibilidad de conservar la titularidad de dos cargos.
Lo que sí cambia
Libre postulación: de 2% a 3% de firmas
Hoy: una candidatura por libre postulación debe superar, como mínimo, el 2% de los votos válidos emitidos en la elección anterior para el mismo cargo y circunscripción.
Con la reforma: el mínimo sube al 3%.
Para el Parlamento Centroamericano se establece una excepción transitoria para 2029: el mínimo sería 1.5% de los votos válidos emitidos para presidente en la elección anterior.
Menos tiempo para recoger firmas
Hoy: el proceso puede extenderse hasta el 30 de julio del año anterior a las elecciones. Para 2024, la recolección duró casi un año.
Con la reforma: el período se reduce sustancialmente.
En la práctica, los aspirantes tendrían que conseguir más firmas en menos tiempo.
Cambian las listas de libre postulación en circuitos plurinominales
Hoy: pueden competir hasta tres nóminas por libre postulación.
Con la reforma: serían reconocidos como candidatos quienes obtengan la mayor cantidad de firmas hasta completar el número de curules del circuito, siempre que alcancen el mínimo exigido.
Las firmas de los iniciadores de nuevos partidos dejarían de contar
Hoy: las firmas de los iniciadores de un partido se contabilizan dentro del total de adherentes necesario para constituirlo.
Con la reforma: dejarían de sumar dentro del total exigido.
No desaparece el requisito de los iniciadores; simplemente sus firmas ya no ayudarían a completar la cantidad necesaria para formar el partido.
Funcionarios podrían permanecer más tiempo en sus cargos
Hoy: determinados altos funcionarios no son elegibles si han ejercido sus cargos durante los seis meses anteriores a la elección.
La regla alcanza, entre otros, a ministros, viceministros, altos directivos de instituciones públicas, funcionarios del Órgano Judicial, Ministerio Público, Tribunal Electoral, Contraloría, gobernadores y miembros de la Fuerza Pública.
Con la reforma: ya no tendrían que separarse seis meses antes.
Quienes sean postulados por un partido tendrían que renunciar dentro de los cinco días calendario siguientes a que su postulación quede en firme. En la libre postulación, el plazo sería de cinco días después de quedar firme la resolución correspondiente.
La diferencia es sustancial: hoy la separación está ligada a la fecha de la elección; con la reforma, al reconocimiento formal de la candidatura.
Ganar dos cargos: ya no habría que escoger definitivamente uno
Hoy: si una persona resulta elegida para dos cargos, debe escoger cuál ejercerá dentro de los cinco días hábiles siguientes a su proclamación.
Con la reforma: podría conservar la titularidad de ambos durante el período constitucional.
Tendría que escoger cuál ejercer primero y pedir licencia sin sueldo en el otro por al menos un año. Después podría cambiar de cargo, siempre sin ejercer ambos simultáneamente ni cobrar dos salarios.
Hoy debe escoger uno; con la reforma podría conservar los dos y alternar cuál ejerce.
Más dinero privado para diputados, alcaldes y Parlacen
Diputados
Hoy: el límite para una candidatura a diputado es de B/.300,000.
Con la reforma: el tope dependería del tamaño del circuito:
• Hasta 30,000 electores: B/.300,000.
• Más de 30,000 y hasta 50,000: B/.400,000.
• Más de 50,000: B/.500,000.
No todos subirían a $500 mil: algunos mantendrían el tope actual.
Alcaldes
Hoy: el límite se calcula a razón de B/.5 por elector, con un mínimo de B/.15,000.
Con la reforma: se establecerían topes según el tamaño del distrito:
• Hasta 50,000 electores: B/.150,000.
• Más de 50,000 y hasta 100,000: B/.200,000.
• Más de 100,000 y hasta 200,000: B/.300,000.
• Más de 200,000: B/.500,000.
Parlacen
Hoy: el tope de financiamiento privado es de B/.10,000 por candidato.
Con la reforma: aumentaría a B/.300,000.
Es decir, se multiplicaría por 30.
Nuevas reglas para las directivas de los partidos
Hoy: el Código ya establece el principio de paridad entre mujeres y hombres.
Con la reforma: los órganos colegiados de dirección y administración de los partidos tendrían que escogerse mediante nóminas completas, cerradas y bloqueadas, con alternancia de género.
Además, la nómina que obtenga la mayoría se llevaría todos los cargos sometidos a elección.
La novedad no es la paridad, sino el mecanismo de elección.
Primarias en una misma fecha
Hoy: los partidos tienen mayor margen para organizar sus procesos internos de selección.
Con la reforma: las primarias para Parlacen, diputados, alcaldes, representantes y concejales se celebrarían en la misma fecha que la presidencial.
También se permitirían primarias conjuntas entre partidos aliados para escoger presidente y vicepresidente.
Residuo versus resto mayor
Hoy: las curules plurinominales se distribuyen mediante cociente, medio cociente y las reglas de residuo previstas en el Código.
Con la reforma: las curules pendientes después del cociente y medio cociente se adjudicarían mediante resto mayor, descontando los votos ya utilizados.
Aunque técnico, el cambio puede alterar la distribución de los últimos escaños.
Naso Tjër Di entra formalmente al Tercer Distrito Jurisdiccional
Hoy: el Código menciona a Chiriquí, Bocas del Toro y la comarca Ngäbe-Buglé dentro del Tercer Distrito Jurisdiccional.
Con la reforma: se incorpora expresamente a la comarca Naso Tjër Di.
Parlacen: pendiente de adecuación al fallo de la Corte
La regulación de las candidaturas al Parlamento Centroamericano debe ajustarse al fallo de la Corte Suprema que declaró inconstitucional el sistema de lista nacional cerrada vinculado al voto presidencial.
Por eso, más que afirmar desde ahora que la reforma incumple el fallo, habrá que revisar el mecanismo que finalmente se apruebe y verificar si garantiza la elección directa exigida por la Corte.
Lo que se mantiene
Varias disposiciones incluidas en el proyecto llaman la atención, pero no son nuevas. Ya existen y, en esencia, se mantienen.
El subsidio electoral seguirá siendo el 1%
Hoy: el financiamiento público electoral equivale al 1% de los ingresos corrientes presupuestados del Gobierno Central.
Para las elecciones de 2024 se asignaron aproximadamente B/.109 millones.
Con la reforma: el porcentaje se mantiene en 1%.
Las proyecciones para 2029 sitúan el subsidio alrededor de B/.158.6 millones. El aumento no viene de un cambio en el porcentaje, sino de una base de ingresos corrientes mayor.
El tope presidencial de $10 millones no cambia
Hoy: una candidatura presidencial puede recibir hasta B/.10 millones en financiamiento privado.
Con la reforma: el límite se mantiene igual.
El 93% del financiamiento preelectoral para partidos también se mantiene
Hoy: el 93% del financiamiento público preelectoral corresponde a los partidos y el 7% a la libre postulación.
Del monto destinado a los partidos, 25% se reparte por igual y 75% según los resultados de la elección anterior.
Con la reforma: esa estructura se mantiene.
También continúa la división de 30% para gastos de campaña y 70% para propaganda electoral. Lo que sí cambia es cómo se repartiría internamente ese 70%: 50% para la presidencial, 30% para diputados, 10% para alcaldes, 5% para representantes y 5% para Parlacen y concejales.
La paridad 50/50 ya existe
Hoy: la legislación ya establece el principio de paridad y exige 50% de mujeres y 50% de hombres en determinadas postulaciones.
Con la reforma: esa regla continúa.
La novedad está en las nóminas cerradas y bloqueadas para determinados órganos internos de los partidos.
La boleta única ya existe
La propuesta incluye disposiciones sobre una boleta única para cada tipo de elección, pero esto no es nuevo.
Hoy: el Código ya contempla una boleta única por elección y regula la aparición de partidos y candidaturas por libre postulación.
Solo los cambios específicos de diseño, orden o identificación de candidatos deben considerarse novedosos.
Los arrestos de hasta dos días ya existen
El Código vigente ya permite arrestos de hasta dos días por determinados incumplimientos electorales, con posibilidad de conmutarlos por una multa de B/.50 por día.
No se trata de una nueva sanción creada por esta reforma.
La apelación de multas ante el Pleno tampoco es nueva
Actualmente ya existe la posibilidad de apelar ante el Pleno del Tribunal Electoral determinadas resoluciones que imponen multas por contravenciones.
Si el proyecto mantiene esa regla, no constituye una novedad.
Los plazos de prescripción tampoco parten de cero
El Código vigente ya establece distintos plazos de prescripción para delitos, faltas y contravenciones electorales.
La novedad debe limitarse a los casos en que el proyecto modifique, separe o amplíe esos plazos.
Propaganda electoral: se amplían restricciones existentes
Hoy: el Código ya regula el uso de símbolos y establece límites a determinados contenidos de propaganda electoral.
Con la reforma: se amplían y precisan las prohibiciones.
El texto incluye restricciones al uso no autorizado o manipulación de la imagen, nombre o voz de precandidatos y candidatos, así como propaganda que contenga insultos, discriminación, intromisiones en la vida privada, imputaciones de conductas ilícitas no determinadas judicialmente o promoción de violencia.
No todo el régimen es nuevo; cambia principalmente su alcance.
Informes de ingresos y gastos
El texto aprobado establece que los partidos tendrán 90 días calendario después de la elección general para presentar su informe de ingresos y gastos, bajo declaración jurada y firmado por su representante legal y un contador público autorizado.
También fija multas diferenciadas según el cargo para quienes incumplan con la presentación de los informes.
El proyecto todavía puede cambiar
Lo aprobado corresponde únicamente al primer debate.
El proyecto pasa ahora al pleno de la Asamblea Nacional, donde puede ser modificado, corregido o revertido en varios de sus puntos.
Por ahora, la comparación permite distinguir algo fundamental: qué reglas realmente están cambiando.
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