En plena crisis económica por la deuda pública, la Asamblea Nacional busca que el Estado subsidie el gasto millonario de los carnavales
7 de Enero de 2026
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La Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional prohijó el anteproyecto de ley 267, presentado por el diputado de Cambio Democrático, Manuel Cohen, el cual propone un apoyo económico por parte del Estado a las asociaciones y juntas de carnavales del país. La iniciativa clientelista y populista obligará al Ministerio de Economía y Finanzas a buscar los fondos necesarios en el Presupuesto General del Estado, pese a que los mismos ya están comprometidos.
Como es sabido, las organizaciones vinculadas a los carnavales trabajan todo el año con actividades para reunir los fondos, que en muchas ocasiones, como en la región de Azuero, sobrepasan el millón de dólares en logística y costos. En los carnavales más emblemáticos del país, para ser reina, las familias deben destinar cuotas mínimas que sobrepasan los 50 mil dólares para postular a la representante de Calle Arriba o Calle Abajo.
Según la exposición de motivos del proyecto de ley, el carnaval es una de las festividades culturales más representativas de la República de Panamá, especialmente en las provincias del interior del país. Esta festividad no solo tiene un enorme valor cultural y tradicional, sino que genera un impacto económico significativo durante los cuatro días de su celebración. El diputado Cohen agrega que los carnavales en Panamá generan un impacto económico que puede superar los 300 millones de dólares, impulsado por la afluencia de turistas nacionales e internacionales, beneficiando a sectores como el comercio, el transporte y los hoteles. Por ejemplo, en el carnaval de 2024, la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) estimó que la inversión económica podría alcanzar esa cifra, consolidándose como un motor económico y un producto turístico clave para el país. Durante el Carnaval se movilizan miles de turistas nacionales e internacionales, lo que dinamiza la economía local a través del comercio, el hospedaje, la gastronomía, el transporte, la venta de artesanías, bebidas y otros bienes y servicios.
El documento indica que hay estudios realizados por entidades como la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) y la Cámara de Comercio que han evidenciado que el Carnaval genera millones de balboas en ingresos para las regiones participantes, creando empleos temporales y fortaleciendo el tejido económico y social de las comunidades.
A pesar del derroche millonario anual, el proponente afirma que muchas asociaciones y juntas de carnaval enfrentan limitaciones financieras para la organización y ejecución de las festividades, y que año tras año deben estar tocando las puertas de distintas organizaciones, empresas privadas y estatales para obtener los recursos necesarios y lograr el esplendor requerido. Además, señala que las juntas de los carnavales tienen un gran gasto para ofrecer este desborde de música y diversión y que cada año deben apelar a la caridad de las autoridades y del Estado para lograr este fin.
El presente proyecto de ley tiene como objetivo establecer un marco legal que permita al Estado brindar apoyo económico anual a las asociaciones y juntas del Carnaval formales y legalmente constituidas con personería jurídica, principalmente del interior del país, Gatuncillo, Taboga y Chepo, con criterios de transparencia, responsabilidad, rendición de cuentas y compromisos en la promoción de la cultura nacional.
Lo más escandaloso del proyecto de ley está en el artículo 3, el cual contempla que el Órgano Ejecutivo, a través de la Autoridad de Turismo, deberá incluir anualmente en el Presupuesto General del Estado una partida específica destinada a brindar apoyo económico a las asociaciones y/o juntas del Carnaval del interior del país, Gatuncillo, Taboga y Chepo, constituidas legalmente y reconocidas por el Estado.
Por su parte, el Estado podrá promover alianzas público-privadas y facilitar la participación del sector privado mediante incentivos para el patrocinio y apoyo a las actividades de carnaval. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor de 90 días calendario desde su promulgación.
El proyecto de ley omite los análisis económicos que evidencien si el Estado, a través de los fondos de todos los panameños, puede o no cargar con un subsidio millonario.
Por: Diputado 72
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